Este es un programa que pertenece en forma exclusiva a Los Ninos de Bejuco, S.A., cédula jurídica 3-101-244395, en adelante denominado “GNC Costa Rica”, el cual constituye un beneficio para los clientes de GNC Costa Rica. Es responsabilidad de los participantes de este Programa conocer, leer y aceptar el presente Reglamento, mismo que resultará aplicable en forma definitiva. Los participantes en el Programa, por el sólo hecho de participar, manifiestan su aceptación a los alcances de este Reglamento.

El presente Reglamento solo obliga a GNC Costa Rica respecto a las personas que consientan los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones en caso de que así lo requiera.

Condiciones generales

  1. Objetivo

El presente Reglamento tiene por objeto regular las condiciones generales del Programa de Lealtad Gold Card Rewards que incluye el otorgamiento de puntos y/o  beneficios con cada compra realizada en cualquiera de las Tiendas de GNC Costa Rica, por medio de su sitio web o WhatsApp.

  1. Aceptación de las condiciones, restricciones y limitaciones del presente Reglamento

Los clientes participantes reconocen y aceptan que deberán cumplir con las restricciones y limitaciones del presente Reglamento, como condición necesaria para ser acreedor del beneficio bajo el Programa de Gold Card Rewards Costa Rica.

  1. Definiciones
  • Para los efectos de este Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

3.1   Puntos Gold Card Rewards: Son los puntos que se acreditan al cliente por cada compra realizada en las tiendas GNC a través de cualquiera de los canales disponibles, sea: a) compra en tienda física, b) compra a través de teléfono o WhatsApp, c) o bien por medio del sitio web www.gnc.cr. Estos puntos son canjeables por bienes y servicios, redimibles en la forma especificada en este Reglamento y conforme su disponibilidad según GNC Costa Rica.

3.2   Precio Gold Card: En un beneficio adicional de la membresía, mediante el cual se aplica un 20% de descuento al precio regular de los artículos marca GNC y un 10% de descuento al precio regular de artículos de otras marcas que se venden en las tiendas GNC.

3.3   Reglamento. Los puntos se acumulan En la cuenta del cliente por un plazo de 12 meses y pueden ser canjeados por el cliente en forma parcial o total durante ese plazo. Luego de transcurrido el plazo de 12 meses, los puntos podrían perder su validez. Los puntos no son transferibles de una cuenta a .

3.4   Membresía: Es el derecho otorgado al cliente participantes que conocen y aceptan el presente Programa de Lealtad y su Reglamento, y que tiene como fin la acumulación de puntos y la aplicación de descuentos.

3.5   Establecimientos participantes: Corresponde a los establecimientos participantes de esta promoción, en los cuales los clientes pueden canjear los puntos acumulados, sea por bienes o servicios, indicados en el Anexo N.º 1. Estos establecimientos y sus respectivos productos de canje y/o servicios pueden variar de tiempo en tiempo a criterio exclusivo de GNC Costa Rica. El listado de canje y equivalencias puede ser consultado por los clientes en el sitio web www.gnc.cr.

3.6   Sistema canje de puntos: Es el proceso de cambio de puntos acumulados por beneficios. Las equivalencias se establecen en el Anexo N.º. 2 al presente Reglamento. Las equivalencias de los puntos pueden variar a criterio exclusivo de GNC Costa Rica sin previo aviso y sin necesidad de comunicarlo al cliente, para lo cual bastará, que GNC Costa Rica publique el listado de canje vigente en el medio oficial que se encuentre a disposición de los clientes.

  1. Sobre el proceso para obtener la membresía:

Para obtener la membresía, los participantes deberán registrase en forma personal  con el asesor o administrador de la tienda GNC Costa Rica, también podrán hacerlo por medio de call center o WhatsApp, para lo cual deberá proporcionar sus datos personales, tales como su cédula de identidad, dirección, correo electrónico funcional y número de teléfono, así como cualquier otro dato personal que eventualmente pueda solicitar GNC Costa Rica. El número de membresía corresponderá al número de identificación del cliente registrado.

Para efectos de las compras en línea en el sitio www.gnc.cr,  el cliente debe registrarse, creando un usuario válido para poder ejecutar la compra, estos datos registrados del cliente quedarán a disposición de GNC Costa Rica, quien, como empresa, puede hacer uso de ellos para efectos de crear membresías y otorgar puntos del plan de lealtad GNC Rewards.

Una vez completado con este proceso, los participantes quedarán acreditados en el Programa de Lealtad Gold Card Rewards.

  1. Sobre los Puntos Gold Card Rewards

 

  1. Otorgamiento

GNC Costa Rica acreditará los siguientes puntos GNC Costa Rica en el perfil del cliente en el sistema de GNC Costa Rica disponible en www.gnc.cr :

Por cada compra de ₡500,00 consumidos por cualquier canal de compras de GNC Costa Rica, el cliente acumulará un (1) punto, los cuales podrá canjear por los bienes y/o servicios, según el procedimiento indicado en el presente Reglamento.

Los puntos acumulados por compra podrán ser canjeados en la siguiente compra que realice el cliente. Es decir, no es posible canjear los puntos en la misma compra que los genera.

Restricciones y limitaciones:

  1. Los clientes no acumularán Puntos Gold Card Rewards cuando exista devolución de productos, notas de crédito o reintegro de dinero. En caso de que se otorgaran puntos y aplique alguno de los supuestos anteriores, se procederá con la reversión de esos puntos en vista de que la compra no se concretó plenamente.
  2. Esta membresía aplica solo para personas físicas mayores de edad. No aplica a personas jurídicas.
  3. La membresía no aplica para personas físicas que adquieran el producto para reventa.
  4. Quedan excluidos del beneficio de membresía todos los colaboradores de GNC Costa Rica.
  5. La membresía solo aplica en las compras que se realicen por medio de cualquiera de los canales de compra de GNC Costa Rica, por ende, quedan excluidas todas las compras realizadas en los puntos de venta de los distribuidores autorizados de GNC Costa Rica.
  6. GNC Costa Rica estará en libertad de elegir los bienes y servicios que pondrá a disposición de los clientes para el canje de sus puntos. El cliente no podrá exigir a GNC Costa Rica la redención de puntos por bienes o servicios que no se encuentran dentro de la oferta de bienes y servicios seleccionada por GNC Costa Rica para canje de puntos en cada momento.
  7. No existe límite de compra de productos.
  8. No existe límite de canje de puntos, más esto dependerá de los productos, bienes o servicios disponibles en el momento del canje.
  9. Una vez concluido el periodo de vigencia de los puntos Gold Card Rewards, GNC Costa Rica no tendrá ninguna responsabilidad con respecto a los puntos acumulados.
  10. Cuando el cliente elija bienes o servicios de la lista de canje, brindados por terceros ajenos a GNC Costa Rica, la responsabilidad de GNC Costa Rica se limita a formalizar el mecanismo necesario para que el cliente realice el canje del beneficio que haya elegido,  sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad  por daños ocultos, insatisfacción  u otros daños o perjuicios que pueda sufrir el cliente como consecuencia del beneficio seleccionado. De manera que, GNC Costa Rica, en ningún caso sustituirá por productos, servicios o dinero, el beneficio que un cliente haya elegido y sea brindado por un tercero ajeno a GNC Costa Rica.
  11. Una vez que el cliente realice el canje de sus puntos por un producto o servicio determinado, según la disponibilidad de canje que exista en su momento, no podrá solicitar la devolución o sustitución por otro bien o servicio.
  12. El presente Programa no aplica en forma conjunta con otras promociones o beneficios que pueda tener disponibles GNC Costa Rica.
  13. El cliente será responsable por redimir sus puntos en establecimientos correspondiente (Tiendas GNC) dentro del plazo de doce (12) meses. Este plazo iniciará a partir del momento en que acumula los primeros puntos y estará disponible en el perfil del cliente . GNC Costa Rica no será responsable si el cliente pierde los puntos adquiridos al vencer el plazo de validez establecido en este Reglamento.
  14. Los comercios externos a GNC Costa Ria que formen parte de la lista de canje, serán los únicos responsables por hacer efectivo el canje de los  servicios, bienes y/o productos elegidos por el cliente. Por tal motivo, GNC no se hace responsable en caso de que dicho establecimiento con el cual tiene  convenio dejase de operar o, por cualquier motivo, llegase a verse incapacitado para ofrecer el bien o prestar el servicio indicado. En cuyo caso, la responsabilidad de GNC se limitaría a sustituirle al cliente el bien o servicio elegido por otro que se encuentre disponible en la lista de canje que se encuentre vigente.

 

  1. Prohibiciones

Los clientes deberán acumular puntos de manera personal y utilizando su cuenta. Queda prohibido  acumular puntos para cuentas de terceros.

  1. Acumulación máxima

No existe acumulación máxima de puntos.

  1. Equivalencias

Los puntos Gold Card Rewards podrán ser redimidos por los productos y/o servicios ofrecidos por GNC Costa Rica y sus aliados autorizados, únicamente. La equivalencia entre el valor de un punto y el valor en colones del bien al que el cliente obtiene derecho podrá variar de un comercio a otro y de tiempo en tiempo. Esta equivalencia estará sujeta a cambios a juicio exclusivo de GNC Costa Rica según disponibilidad de beneficios.

  1. Vigencia de los puntos

Los Puntos Gold Card Rewards expiran automáticamente doce (12) meses después de ser acreditados, en caso de no ser canjeados por el cliente, por lo que GNC Costa Rica no será responsable por el no uso de los Puntos más allá de este plazo de vigencia.

  1. Responsabilidad general

Algunos de los productos o servicios que forman parte de la lista de canje,  constituyen un beneficio que GNC Costa Rica gestionó con terceros en beneficio de sus clientes, por esta razón, cuando el cliente elija un beneficio prestado por un tercero ajeno a GNC Costa Rica, GNC Costa Rica no será responsable en ningún caso por eventuales daños o perjuicios que puedan llegar a sufrir los  cliente como consecuencia del disfrute del beneficio seleccionado; tampoco será responsable por la calidad, prestación y/o  condiciones de los productos o servicios brindados. De manera que el cliente entiende y acepta que, en caso de existir algún tipo de daño, insatisfacción,  diferencia o incumplimiento sobre el producto o servicio recibido, deberá gestionarlo directamente con el comercio o tercero que lo brinda, eximiendo  a GNC Costa Rica ante eventuales reclamos, sean éstos en la vía administrativa y/o judicial.

  1. Vigencia

El presente Reglamento tiene una vigencia de un (1) año, pudiendo prorrogarse automáticamente por periodos iguales a criterio exclusivo de GNC Costa Rica. En caso de modificación o sustitución del presente  del Reglamento, bastará la publicación del nuevo Reglamento por medio página web de GNC Costa Rica www.gnc.cr

  1. De la modificación de las condiciones y/ o suspensión o cancelación de la promoción

GNC Costa Rica se reserva el derecho de suspender, cancelar o reprogramar en forma inmediata el presente Programa sin asumir responsabilidad civil, penal, contractual y extracontractual alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, bastando para ello una comunicación oficial por parte de GNC Costa Rica en la página web www.gnc.cr

El engaño, fraude o falsificación que obstaculicen el normal desempeño del Programa y las acciones que a juicio de GNC Costa Rica sean ilegales, prohibidas o contrarias al presente Reglamento o la legislación aplicable y que puedan ocasionar perjuicio al Programa Gold Card Rewards, podrán ser perseguidos por los medios previstos en la legislación aplicable.

  1. Protección de Datos Personales

Al participar de este Programa, el cliente expresamente autoriza a GNC Costa Rica para recolectar sus datos personales y continuar con el tratamiento de los mismos, pudiendo recibir a partir del momento en que obtiene la membresía, en los medios de contacto antes señalados, información en relación con ofertas, promociones, planes de lealtad, encuestas, campañas publicitarias y productos de las marcas comerciales GNC Costa Rica. GNC Costa Rica se compromete a tratar de forma totalmente confidencial la información proporcionada.  La información y datos personales suministrados a GNC Costa Rica serán procesados,  recolectados,  almacenados,  usados,  suprimidos,  compartidos, actualizados, transmitidos, únicamente en los supuestos establecidos en las leyes relativas a la protección de datos privados en cada jurisdicción y para el caso particular de Costa Rica en la “Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, Número 8968” relacionados con el uso para fines administrativos, comerciales y de publicidad y contacto únicamente frente a los titulares de los mismos.

  1. Relación entre las partes

Ninguna disposición del Programa Gold Card Rewards se deberá interpretar como creadora de una   relación entre las partes diferente a la que existe entre los clientes y GNC Costa Rica en virtud de las compras que éstos realizan en las tiendas GNC Costa Rica. Ningún cliente o beneficiario de las ventajas del Programa, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de GNC Costa Rica.

  1. Solución de Controversias

Cualquier controversia, conflicto, duda o asunto en general que se presente con respecto a las presentes condiciones y que no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto en estricto apego a las leyes, usos y buenas costumbres de la República de Costa Rica.

  1. Información y consultas

Se atenderán en el depto. de servicio al cliente de GNC Costa Rica, al teléfono 40367171, o escribiendo a servicioalcliente@gnc.cr. En caso de que algún cliente desee cancelar su membresía deberá gestionarlo por medio de ___________________________

  1. Publicidad

Este reglamento se encuentra publicado en la página www.gnc.cr